Alérgenos en la carta de un restaurante
Con los años, el listado de alérgenos obligatorios a añadir en la carta del un restaurante han ido aumentando.
Este, hace referencia al Reglamento Europeo 1169/11 que se facilita al consumidor para que tenga acceso a la información de los ingredientes de TODOS los alimentos de la carta.
Actualmente, existen 14 símbolos que se deben poner sí o sí, y vamos a explicarlos a continuación:
- Cereales que contengan gluten, a saber: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados.
- Crustáceos y productos a base de crustáceos.
- Huevos y productos a base de huevo.
- Pescado y productos a base de pescado.
- Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
- Soja y productos a base de soja.
- Leche y sus derivados (incluida la lactosa).
- Frutos de cáscara, es decir: almendras (Amygdalus communis L.), avellanas (Corylus avellana), nueces (Juglans regia), anacardos (Anacardium occidentale), pacanas [Carya illinoensis (Wangenh.) K. Koch], nueces de Brasil (Bertholletia excelsa), alfóncigos (Pistacia vera), nueces macadamia o nueces de Australia (Macadamia ternifolia) y productos derivados.
- Apio y productos derivados.
- Mostaza y productos derivados.
- Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
- Dióxido de azufre y sulfitos.
- Altramuces y productos a base de altramuces.
- Moluscos y productos a base de moluscos.
Esta normativa afecta a: cafeterías, restaurantes; comercios minoristas (panaderías, pastelerías…);, suministradores a otros establecimientos como escuelas, hospitales; comedores sociales, colegios…
El no cumplimiento de los requisitos de la ley puede acarrear importantes sanciones económicas (de hasta 600.000 €), ya que de su correcta aplicación depende la salud de miles de personas.
En La Plaza todos nuestros platos tienen etiquetado su símbolo correspondiente para garantizar la salud de nuestros clientes.